DERECHO AGRARIO

La evolución histórica de esta rama del derecho es fundamental para identificar los elementos esenciales que la caracterizan, por lo que Gómez de Silva alude a la organización agraria prehispánica, destaca los aspectos más relevantes relacionados con la Conquista, revisa la distribución de la tenencia de las tierras durante la Colonia, el impacto que causó la lucha de Independencia y los efectos de la Revolución hasta llegar a la gestación de la Carta Magna.

Durante las fases históricas antes mencionadas se generaron importantes ordenamientos jurídicos, como la Ley Agraria de 1915, la cual se considera antecedente inmediato de la Constitución de 1917 por su trascendencia en la incorporación del derecho agrario.

Algunos de los conceptos básicos que formaron parte de la temática de la iniciativa constitucional fueron la expropiación, la creación de ejidos, el reconocimiento de las comunidades, la explotación colectiva e individual, el derecho de la nación sobre los recursos del subsuelo (minas y petróleo) y la posibilidad de concesionarlos a particulares tanto nacionales como extranjeros, y el derecho de los extranjeros para adquirir propiedades rústicas. A partir de todos estos hechos y más, aunado a un arduo trabajo legislativo, se obtuvo el texto original del artículo 27 que sintetiza el proceso histórico del agrarismo.

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DERECHO NOTARIAL Y REGISTRAL.

a) CONCEPTOS GENERALES.
Hay dos criterios que se presentan para llegar a la formación de esta disciplina jurídica como son:
Criterio científico o racional: se funda en aquellos elementos inmutables y permanentes de todo derecho; es lo que constituye su característica esencial y, por consiguiente, lo eleva a la categoría de Derecho Substantivo como rama independiente de todo derecho aunque relacionado con las diversas manifestaciones de éste 
Criterio legal: es consecuencia del distinto concepto que de la institución Notarial tienen los distintos estados que lo regulan.

DERECHO NOTARIAL: Conjunto de normas jurídicas de carácter positivo que regulan el funcionamiento y organización de la institución notarial en los distintos países. –Froylán Bañuelos Sánchez-
Es una rama científica del Derecho Público, además es substantivo, porque siendo eminentemente sancionador de derechos y hasta originador de otros nuevos, regula con la intervención y autoridad del funcionario Notario, las relaciones jurídicas voluntariamente impuestas por los seres de Derecho; después de esta reflexión, el Derecho Notarial se puede definir como: “Rama científica del Derecho Público que, constituyendo un todo orgánico, sanciona en forma fehaciente las relaciones jurídicas voluntarias y extrajudiciales mediante la intervención de un funcionario que obra por delegación del poder”.

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DERECHO INTERNACIONAL.

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Derecho Internacional Público está orientada a mostrar al alumno en qué consiste y cómo funciona el ordenamiento jurídico internacional. Este ordenamiento, que discurre en paralelo a los derechos internos, cuenta con sujetos, fuentes normativas e instituciones propias. Así sus protagonistas principales son los Estados y las Organizaciones Internacionales, que son los sujetos habilitados para crear, aplicar e interpretar las normas internacionales. En cuanto a las formas de expresión de las normas jurídicas, es decir, sus fuentes, están constituidas por los tratados, la costumbre, los actos jurídicos unilaterales y las decisiones de las Organizaciones Internacionales. Las instituciones más importantes del ordenamiento internacional público, que se analizarán en la asignatura, son los poderes de los Estados sobre el territorio (soberanía, derecho del mar, espacio aéreo) y sobre las personas (nacionalidad, extranjería, derecho de asilo), la responsabilidad internacional por hecho ilícitos, el arreglo pacífico de conflictos, las normas sobre cooperación internacional (derechos humanos, relaciones económicas, protección del medio ambiente) y el derecho de los conflictos armados.

DERECHO PROCESAL CIVIL.

CAMPO LABORAL:

-Asesoría y postulancia a las personas físicas o morales que requieran de dicho servicio teniendo la plena seguridad de la elaboración que estemos realizando.

-La impartición de justicia teniendo una plena seguridad y confianza.

-Imparticion de justicia en Tribunales Unitarios y Colegiados de Circuito.

-La realización de confidencialidad en el desempeño de nuestro trabajo, cubriendo asi las necesidades y los intereses de nuestro clientes.

-Asesores jurídicos particulares o públicos en caso de incumplimientos de contratos, entre otras necesidades.

DERECHO PROCESAL CIVIL.

PERFIL DE EGRESO :’.

-Asesorar de forma cautive y responsable a quienes soliciten tus servicios profesionales.

-Elaborar demandas, contestaciones. incidentes ,recursos en los asuntos de las especialidades en derecho.

_-Resolver litigios a través de la aplicación de métodos de interpretación y con los medios alternativos de solución de controversias

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_-Resolver litigios a través de la aplicación de métodos de interpretación y con los medios alternativos de solución de controversias